Decreto 1072
Artículo 2.2.5.2.6: Secretario de la Junta especial de Calificación de Invalidez. La Junta
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Esta norma solo le importa a las juntas que califican invalideces en aviación; a usted como microempresario, no le exige nada. En la práctica, preocúpese por reportar a tiempo cualquier accidente laboral a su ARL para que ellos activen el proceso de calificación si es necesario.
⚖️ Texto Legal Oficial
Especial de Calificación de Invalidez, tendrá un (1) secretario, quien deberá ser abogado titulado, con seis (6) años de experiencia profesional. Será nombrado por el Ministro del Trabajo de ternas presentadas por la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles ACDAC y la Asociación de Transportadores Aéreos Colombianos - ATAC -. (Decreto 1557 de 1995, art. 6)
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