Decreto 1072

Artículo 2.2.6.1.2.25: Del contenido del Reglamento de Prestación de Servicios de Gestión

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Este artículo te dice que si prestas servicios de empleo (como reclutar o colocar personal), debes tener un reglamento escrito que explique claramente qué haces, cuánto cobras y cómo atiendes quejas. En la práctica, escribe ese documento con tu nombre, servicios, horarios, derechos de los usuarios y tarifas, y tenlo siempre disponible para que todos sepan las reglas y evitar problemas legales.

⚖️ Texto Legal Oficial


y Colocación de Empleo. El Reglamento de Prestación de Servicios deberá tener el siguiente contenido mínimo: 1. Nombre y naturaleza de la persona que presta los servicios de gestión y colocación, el tipo de prestador y su domicilio; 2. Enunciación de los servicios que prestará con su descripción y procedimientos para su prestación; 3. Ubicación de las sedes y horario de atención al público, para servicios presenciales; 4. Condiciones del soporte técnico y horario de atención a los usuarios cuando los servicios se presten por medios electrónicos; 5. Derechos y obligaciones de los oferentes inscritos: 6. Derechos y obligaciones de los demandantes registrados; 7. Rango tarifario establecido para la prestación de servicios, cuando proceda, y 8. Procedimiento para presentación y atención de peticiones, quejas y reclamos. PARÁGRAFO. Las tarifas establecidas para la prestación de los servicios, cuando las mismas puedan ser cobradas, serán establecidas por cada uno de los prestadores, atendiendo criterios de complejidad del servicio, ubicación geográfica, necesidades del mercado de empleo y, en general, las reglas que el Ministerio del Trabajo dicte en ejercicio de sus funciones de regulación del Servicio Público de Empleo. Las tarifas para los servicios asociados, relacionados o complementarios se definirán por mutuo acuerdo entre los operadores y los beneficiarios de aquellos. (Decreto 2852 de 2013, art. 26)

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