Artículo 2.2.6.1.2.35: De las obligaciones de las Agencias de Gestión y Colocación de
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Si usas una Caja de Compensación para buscar empleados o trabajo, ellos deben hacerlo **gratis** (sin cobrarte por lo básico). Solo pueden cobrar por servicios extra si lo tienen registrado y avisado a la Unidad de Empleo.
⚖️ Texto Legal Oficial
Empleo constituidas por las Cajas de Compensación Familiar. Además de las obligaciones establecidas en el artículo 2.2.6.1.2.20. presente Decreto., las Agencias de Gestión y Colocación de Empleo constituidas por las Cajas de Compensación Familiar quedan obligadas a realizar las actividades básicas enunciadas en el artículo 2.2.6.1.2.17. en forma gratuita respecto de los oferentes y demandantes. El cobro por servicios asociados y adicionales deberá estar registrado en el correspondiente reglamento y ser informado a la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo. (Decreto 2852 de 2013, art. 36)
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