Artículo 2.2.6.3.23: Vigilancia y control. El Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, realizará la vigilancia y el
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Debes reportar al SENA cuántos aprendices te toca contratar según tu número de empleados, y si no los vinculas, debes pagar una monetización. Hazlo en los formatos oficiales del SENA para evitar multas.
⚖️ Texto Legal Oficial
control del cumplimiento de la cuota de aprendices que a cada patrocinador le corresponda; en consecuencia, las empresas patrocinadoras estarán obligadas a informar a la Regional del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, del domicilio principal de la empresa, el número de aprendices que les corresponde, la suscripción de los contratos o la monetización parcial o total de la cuota en los términos indicados en este capítulo. PARÁGRAFO. La información del patrocinador será reportada en los formatos que para tal efecto establezca el Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA (Decreto 933 de 2003, art. 22)
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