Decreto 1072

Artículo 2.2.6.3.25: Duración del contrato de aprendizaje. El contrato de aprendizaje tendrá una duración máxima

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

El contrato de aprendizaje dura máximo 2 años, combinando estudio y práctica. Si eres microempresario, asegúrate de que el tiempo de práctica del estudiante no supere lo que dice su pénsum académico, así proteges su formación y evitas problemas legales.

⚖️ Texto Legal Oficial


de dos (2) años y deberá comprender tanto la etapa lectiva o académica como la práctica o productiva, salvo los siguientes casos, en los cuales se circunscribirá al otorgamiento de formación práctica empresarial: 1. Práctica de estudiantes universitarios: En este caso la duración máxima de la relación de aprendizaje será del mismo tiempo que señale el respectivo programa curricular para las prácticas, sin que la duración llegue a superar el término máximo de dos (2) años. 2. Prácticas de estudiantes técnicos y tecnólogos: La duración máxima de la relación de aprendizaje será de un (1) año, siempre y cuando las prácticas estén contempladas en el pénsum académico debidamente aprobado por la autoridad competente. PARÁGRAFO. Los alumnos de educación secundaria podrán ser sujetos del contrato de aprendizaje, siempre y cuando el pensum académico contemple la formación profesional integral metódica y completa en oficios u ocupaciones que requieran certificación ocupacional o actitud profesional. En la etapa práctica la dedicación del aprendiz debe guardar relación con la formación académica.

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.6.3.25 | SSTOS