Decreto 1072
Artículo 2.2.6.3.3.21: Reporte de avance de la formación. En la fase lectiva, la Institución
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
La empresa debe pedirle a la institución educativa que le envíe cada mes un reporte del avance del aprendiz y avisarle si termina el contrato de formación. Así usted sabe cómo va el aprendiz y evita problemas legales o de seguridad al tenerlo sin contrato activo.
⚖️ Texto Legal Oficial
Educativa deberá informar mensualmente a la empresa patrocinadora del avance del proceso de formación del aprendiz. Parágrafo. Sera obligatorio que la Institución Educativa informe a la empresa patrocinadora de la finalización del contrato de prestación de servicios educativos en cualquier momento de ejecución del contrato de aprendizaje, tanto en fase lectiva como práctica.
¿Tienes una emergencia o un caso real con esta norma?
Deja que nuestro Abogado IA evalúe tu riesgo legal y te dé un plan de acción ya mismo.