Decreto 1072

Artículo 2.2.6.3.3.21: Reporte de avance de la formación. En la fase lectiva, la Institución

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

La empresa debe pedirle a la institución educativa que le envíe cada mes un reporte del avance del aprendiz y avisarle si termina el contrato de formación. Así usted sabe cómo va el aprendiz y evita problemas legales o de seguridad al tenerlo sin contrato activo.

⚖️ Texto Legal Oficial


Educativa deberá informar mensualmente a la empresa patrocinadora del avance del proceso de formación del aprendiz. Parágrafo. Sera obligatorio que la Institución Educativa informe a la empresa patrocinadora de la finalización del contrato de prestación de servicios educativos en cualquier momento de ejecución del contrato de aprendizaje, tanto en fase lectiva como práctica.

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.6.3.3.21 | SSTOS