Decreto 1072

Artículo 2.2.6.3.3.50: Capacitación impartida por el empleador. Cuando la formación de uno

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Si capacitas a tus aprendices por tu cuenta o con otra entidad, el SENA te puede devolver hasta la mitad de lo que pagaste por parafiscales. Para pedir ese reembolso, guarda los recibos de la formación y solicítalo directamente al SENA.

⚖️ Texto Legal Oficial


o varios aprendices comprendidos dentro de la cuota obligatoria sea impartida por el empleador directamente o a través de un tercero diferente al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, el empleador podrá solicitar el reembolso económico del costo de la formación en proporción de los aprendices capacitados de esta manera, cuyo monto será definido por dicha entidad tomando en consideración los costos equivalentes en las que incurre en cursos de formación similares. En ningún caso el monto reembolsable al aria por empresa podrá superar el 50% del valor de lao aportes parafiscales que le corresponda realizar a favor del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA.

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.6.3.3.50 | SSTOS