Decreto 1072

Artículo 2.2.6.3.8: Terminación del contrato de aprendizaje. Terminada la relación de aprendizaje por cualquier

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Si un aprendiz se va, debes avisar al SENA de inmediato y reemplazarlo para mantener el número de aprendices que exige la ley. Así evitas multas y cumples con la norma.

⚖️ Texto Legal Oficial


causa, la empresa patrocinadora deberá reemplazar al aprendiz para conservar la proporcionalidad e informar de inmediato a la Regional del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, o a la dependencia que haga sus veces, donde funcione el domicilio principal de aquella, pudiendo este verificarla en cualquier momento. (Decreto 933 de 2003, art. 8)

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.6.3.8 | SSTOS