Decreto 1072
Artículo 2.2.6.5.16: Informe de reformas estatutarias. Las Empresas de Servicios Temporales
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Si tienes una Empresa de Servicios Temporales, cada vez que cambies los estatutos (las reglas internas de la empresa), debes avisar al Ministerio del Trabajo en máximo 30 días después de registrarlos en la Cámara de Comercio. Lleva el certificado de la Cámara de Comercio a la oficina del Ministerio para evitar multas.
⚖️ Texto Legal Oficial
deberán comunicar las reformas estatutarias a la Dirección Territorial del Ministerio del Trabajo del domicilio principal, dentro de los treinta (30) días siguientes a su protocolización, anexando el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio. (Decreto 4369 de 2006, art. 16)
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