Artículo 2.2.6.8.1.3: Prestaciones reconocidas por el Sistema de Subsidio Familiar. La
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Si eres colombiano viviendo en el exterior y estás afiliado a una Caja de Compensación Familiar, tú y tu familia en Colombia tienen derecho a todos los servicios (como educación, recreación y salud), pero **no** recibirán la plata del subsidio familiar ni las ayudas por desempleo. En la práctica, asegúrate de mantener tu afiliación activa para que tus hijos o esposa puedan usar los servicios sociales en Colombia.
⚖️ Texto Legal Oficial
afiliación del colombiano residente en el exterior generará al afiliado y a los miembros de su grupo familiar en Colombia, el derecho a la totalidad de prestaciones y servicios sociales de que gozan los afiliados obligatorios al Sistema de Subsidio Familiar, excepto el reconocimiento de cuota monetaria de subsidio familiar y las prestaciones del Mecanismo de Protección al Cesante. PARÁGRAFO. Los Consejos Directivos de las Cajas de Compensación Familiar adoptarán las medidas que correspondan, para asegurar que los servicios ofrecidos por aquellas sean prestados a las familias vinculadas por los colombianos residentes en el exterior. (Decreto 682 de 2014, Art. 5)
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