Decreto 1072

Artículo 2.2.7.1.1.7: Dirección de las Cajas de Compensación Familiar. De conformidad con

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Esta norma es para las Cajas de Compensación, no para tu empresa. A ti solo te importa que, como afiliado, debes participar en las asambleas de tu Caja para elegir quién las dirige.

⚖️ Texto Legal Oficial


lo preceptuado en los artículos 46 y 48 de la Ley 21 de 1982, toda caja de compensación familiar estará dirigida por la asamblea general de afiliados, el consejo directivo y el director administrativo: tendrá un revisor fiscal principal y su respectivo suplente, elegidos por la asamblea general, con las calidades y los requisitos que la ley exige para ejercer las funciones que les son propias. (Decreto 341 de 1988, art. 7) SECCIÓN 2 ASAMBLEA GENERAL

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.7.1.1.7 | SSTOS