Decreto 1072

Artículo 2.2.7.1.2.3: Convocatoria de la Asamblea General. La asamblea general deberá ser

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Para que la asamblea de tu empresa sea válida, debes avisar a todos los miembros con **10 días hábiles de anticipación**, indicando fecha, hora, lugar y temas a tratar. Si no tienes un reglamento interno, publica el aviso en un periódico local o envíales una carta firmada a cada uno.

⚖️ Texto Legal Oficial


convocada por lo menos con diez (10) días hábiles de anticipación a la fecha de su celebración, en la forma estatutariamente prevista. Si los estatutos no prevén un procedimiento sobre el particular, se hará mediante aviso publicado en un periódico de amplia circulación en el domicilio principal de la corporación, o a través de comunicación dirigida a cada uno de sus afiliados suscrita por quien la convoque. La convocatoria debe indicar el orden del día propuesto, el sitio, la fecha, la hora de la reunión, la forma y términos para presentación de poderes, inscripción de candidatos e inspección de libros y documentos; así como la fecha límite para pago de quienes deseen ponerse a paz y salvo con la corporación para efectos de la asamblea. (Decreto 341 de 1988, art. 10)

¿Tienes una emergencia o un caso real con esta norma?

Deja que nuestro Abogado IA evalúe tu riesgo legal y te dé un plan de acción ya mismo.

    Decreto 1072 - Artículo 2.2.7.1.2.3 | SSTOS