Decreto 1072

Artículo 2.2.7.1.2.4: Información de la Convocatoria. Las cajas de compensación familiar

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Las cajas de compensación deben avisar al Gobierno (Superintendente) con mínimo 3 días hábiles de antes de cualquier reunión importante (asamblea). En la práctica, si trabajas en una caja, solo asegúrate de enviar ese aviso a tiempo para que el Estado pueda supervisar y proteger los recursos de los trabajadores.

⚖️ Texto Legal Oficial


informarán mediante comunicación dirigida al superintendente del subsidio familiar, con no menos de tres (3) días hábiles de anticipación, toda convocatoria a asamblea general, en la forma como haya sido efectuada a los afiliados, con el fin de que dicha entidad si lo estima conveniente designe un delegado. (Decreto 341 de 1988, art. 11)

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.7.1.2.4 | SSTOS