Decreto 1072

Artículo 2.2.7.3.1.6: Cotización al Sistema de Compensación Familiar. En el caso de

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Si contratas a alguien para oficios domésticos por menos de un mes, debes pagar los aportes a la Caja de Compensación Familiar (como si fuera un empleado normal). En la práctica, afíliate a una Caja y paga cada semana o mes según el tiempo trabajado, así proteges a tu empleado y evitas multas.

⚖️ Texto Legal Oficial


trabajadores del servicio doméstico que laboren para un empleador por períodos inferiores a un mes, los empleadores realizarán el pago de los aportes al Sistema de Compensación Familiar conforme a las reglas generales. En el caso de establecerse el mecanismo de cotización por semanas, se aplicará para este tipo de trabajadores las disposiciones que en él se contengan. (Decreto 721 de 2013, Art. 7)

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.7.3.1.6 | SSTOS