Decreto 1072

Artículo 2.2.7.3.2.10: Recursos para la atención de los servicios para pensionados con

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Este artículo dice que las Cajas de Compensación deben usar parte de su presupuesto social para dar servicios a los pensionados que ganan hasta 1.5 salarios mínimos. En la práctica, si eres pensionado, solo debes acercarte a tu Caja de Compensación y preguntar por los programas o beneficios disponibles para ti.

⚖️ Texto Legal Oficial


mesada de hasta uno y medio (1.5) smlmv. Las Cajas de Compensación Familiar aplicarán para la atención de los servicios de los pensionados a que se refiere la Ley 1643 de 2013, recursos del saldo que quedare con destino a obras y programas sociales. Las Cajas de Compensación Familiar establecerán mecanismos de seguimiento a la ejecución de los recursos que se comprometen a dicha finalidad y la Superintendencia del Subsidio Familiar impartirá las instrucciones contables del caso. (Decreto 867 de 2014, Art. 10)

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.7.3.2.10 | SSTOS