Decreto 1072

Artículo 2.2.7.4.1.5: Aplicación de categorías tarifarias para pensionados. Tendrán derecho

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Si eres pensionado y llevas 25 años o más afiliado a una Caja de Compensación, tienes derecho a pagar la tarifa más baja (Categoría A) por tus beneficios. Para aplicarlo, solo debes presentar tu certificación de afiliación a la Caja cuando te inscribas o renueves.

⚖️ Texto Legal Oficial


a las tarifas de la Categoría A los pensionados a que se refiere el parágrafo 2° del artículo 9º de la Ley 789 de 2002 que hubieren acreditado veinticinco (25) o más años de afiliación al Sistema de Cajas de Compensación Familiar. (Decreto 827 de 2003, Art. 9) SECCIÓN 2 DE LA CALIDAD DE BENEFICIARIO DEL SUBSIDIO FAMILIAR Y DE LAS PERSONAS A CARGO

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.7.4.1.5 | SSTOS