Decreto 1072

Artículo 2.2.7.4.4.20: Inspección y vigilancia de los programas de educación básica y

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Las cajas de compensación que den clases (colegios) deben dejar que las secretarías de educación las revisen y avisar a la Superintendencia. Si eres microempresario, esto no te afecta directamente, pero recuerda que tu deber es solo afiliar a tus trabajadores a una caja de compensación.

⚖️ Texto Legal Oficial


media. Los programas de educación básica y media que ofrezcan las cajas estarán sujetos a la inspección y vigilancia por parte de las respectivas secretarías de educación Departamental o Distritales y deberán ser comunicados a la Superintendencia de Subsidio Familiar para lo de su competencia. (Decreto 1902 de 1994, artículo 8)

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.7.4.4.20 | SSTOS