Decreto 1072

Artículo 2.2.8.1.15: Desnaturalización del trabajo asociado. El asociado que sea enviado por

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Si tu cooperativa te envía a trabajar para otra empresa como si fueras un empleado normal, la ley dice que eres trabajador de esa empresa, no asociado. Para protegerte, asegúrate de que te paguen prestaciones sociales y afiliación a riesgos laborales como a cualquier empleado.

⚖️ Texto Legal Oficial


la Cooperativa y Precooperativa de Trabajo Asociado a prestar servicios a una persona natural o jurídica, configurando la prohibición contenida en el artículo 2.2.8.1.16. del presente Decreto, se considerará trabajador dependiente de la persona natural o jurídica que se beneficie con su trabajo. (Decreto 4588 de 2006, Art. 16)

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.8.1.15 | SSTOS