Decreto 1072
Artículo 2.2.8.1.22: Obligación de los asociados de acatar el régimen de trabajo y de
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Si eres asociado de una cooperativa de trabajo, debes cumplir las reglas internas que tú y tus compañeros aprobaron y que el Ministerio del Trabajo autorizó. En la práctica, respeta los horarios, funciones y compensaciones acordadas, porque eso protege tu seguridad y evita sanciones.
⚖️ Texto Legal Oficial
compensaciones. Acordado el Régimen de Trabajo Asociado y de Compensaciones por los asociados de conformidad con lo establecido en el presente capítulo y autorizado por el Ministerio del Trabajo, los trabajadores asociados quedan obligados a acatarlo y a cumplir sus disposiciones como expresión de sujeción a las decisiones colectivas adoptadas. (Decreto 4588 de 2006, Art. 23)
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