Decreto 1072

Artículo 2.2.8.1.22: Obligación de los asociados de acatar el régimen de trabajo y de

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Si eres asociado de una cooperativa de trabajo, debes cumplir las reglas internas que tú y tus compañeros aprobaron y que el Ministerio del Trabajo autorizó. En la práctica, respeta los horarios, funciones y compensaciones acordadas, porque eso protege tu seguridad y evita sanciones.

⚖️ Texto Legal Oficial


compensaciones. Acordado el Régimen de Trabajo Asociado y de Compensaciones por los asociados de conformidad con lo establecido en el presente capítulo y autorizado por el Ministerio del Trabajo, los trabajadores asociados quedan obligados a acatarlo y a cumplir sus disposiciones como expresión de sujeción a las decisiones colectivas adoptadas. (Decreto 4588 de 2006, Art. 23)

¿Tienes una emergencia o un caso real con esta norma?

Deja que nuestro Abogado IA evalúe tu riesgo legal y te dé un plan de acción ya mismo.

    Decreto 1072 - Artículo 2.2.8.1.22 | SSTOS