Decreto 1072

Artículo 2.2.8.1.4: Número de asociados para su constitución. Las Cooperativas de Trabajo

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Para crear una Cooperativa de Trabajo Asociado necesitas mínimo 10 socios; si tienes menos de 20, debes ajustar los cargos directivos al tamaño del grupo para que sea fácil tomar decisiones. En la práctica, si eres microempresario, asegúrate de reunir al menos 10 personas y, si son pocos, simplifica la junta directiva para que todos participen sin burocracia.

⚖️ Texto Legal Oficial


Asociado se constituirán con un mínimo de diez (10) asociados, y las que tengan menos de veinte (20), en los estatutos o reglamentos deberán adecuar los órganos de administración y vigilancia a las características particulares de la cooperativa, especialmente al tamaño del grupo asociado, a las posibilidades de división del trabajo y a la aplicación de la democracia directa, así como también a las actividades específicas de la cooperativa. De conformidad con lo previsto en el artículo 2° del Decreto 1333 de 1989 o el que lo sustituya, modifique o adicione, las Precooperativas de Trabajo Asociado se constituirán con un número mínimo de cinco (5) asociados fundadores. (Decreto 4588 de 2006, Art. 4)

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.8.1.4 | SSTOS