Decreto 1072

Artículo 2.2.8.1.9: Trabajo Asociado Cooperativo. El trabajo asociado cooperativo es la

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

**En plastilina:** Si trabajas en una cooperativa donde tú y tus socios se pusieron de acuerdo para trabajar juntos y ponen sus propias reglas, no les aplica el Código Sustantivo del Trabajo normal (como el de los empleados de una empresa común). **Qué hacer:** Asegúrate de que tu cooperativa tenga unos estatutos (reglas internas) muy claros y firmados por todos, y que esos estatutos cumplan con la ley de cooperativas, porque ahí se definen tus derechos y deberes en seguridad social y riesgos laborales.

⚖️ Texto Legal Oficial


actividad libre, autogestionaria, física, material o intelectual o científica, que desarrolla en forma autónoma un grupo de personas naturales que han acordado asociarse solidariamente, fijando sus propias reglas conforme a las disposiciones legales y con las cuales autogobiernan sus relaciones, con la finalidad de generar empresa. El trabajo asociado cooperativo se rige por sus propios estatutos; en consecuencia, no le es aplicable la legislación laboral ordinaria que regula el trabajo dependiente. (Decreto 4588 de 2006, Art. 10)

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.8.1.9 | SSTOS