Decreto 1072

Artículo 2.2.8.2.24: Sanciones. El incumplimiento a lo establecido en los numerales 1 y 2 del

💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)

Si no cumples con las reglas de seguridad en el trabajo, el Ministerio del Trabajo puede ordenar que tu empresa sea cerrada y cancelada en la Cámara de Comercio. Para evitar esto, asegúrate de cumplir siempre con las normas básicas de SST y atiende cualquier requerimiento del Ministerio a tiempo.

⚖️ Texto Legal Oficial


artículo anterior dará lugar a que el Ministerio del Trabajo solicite a la Cámara de Comercio del domicilio la cancelación de la inscripción en el respectivo registro, previa disolución que ordenará el Ministerio del Trabajo, mediante acto administrativo en el cual se indicará un plazo no inferior a dos (2) meses, contado a partir de la ejecutoria de la providencia, para efectuar la correspondiente liquidación, acto contra el cual procederán los recursos previstos en el artículo 50 del Código Contencioso Administrativo. (Decreto 1100 de 1992, Art. 24)

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    Decreto 1072 - Artículo 2.2.8.2.24 | SSTOS