Decreto 1072
Artículo 2.2.8.2.7: Arrendamiento de bienes. Los asociados podrán dar a la Empresa
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Si eres asociado de una Empresa Asociativa de Trabajo, puedes alquilarle tus equipos o locales, pero **debes hacer un contrato escrito** que la junta de asociados apruebe, detallando qué bienes son, cómo se usan, el tiempo y el precio. Esto evita problemas legales y protege tu inversión y la de la empresa.
⚖️ Texto Legal Oficial
asociativa de Trabajo, a título de arrendamiento, bienes muebles o inmuebles en las condiciones establecidas en contrato comercial escrito, el cual debe ser aprobado por la junta de asociados y especificar los bienes, formas de uso, termino, valor y condiciones de pago. (Decreto 1100 de 1992, Art. 7)
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