Artículo 2.2.9.8.9: Riesgos Laborales. Las Organizaciones de Recicladores de Oficio serán
💡 Explicación Sencilla (En Plastilina)
Debes afiliar a cada reciclador a una ARL y pagar su aporte mensual (un salario mínimo) por la PILA, aunque no sean tus empleados. También debes incluirlos en tu SG-SST para protegerlos de accidentes y enfermedades mientras trabajan.
⚖️ Texto Legal Oficial
responsable de la afiliación y pago de los aportes del reciclador de oficio asociado, al Sistema General de Riesgos Laborales y deberá afiliarlo a una Administradora de Riesgos Laborales (ARL), sin que esto suponga la existencia de una relación laboral. La base de cotización será un (1) salario mínimo mensual legal vigente, mes completo, la clase de riesgo corresponderá a la clasificación asignada para el tipo de actividad efectivamente desarrollada por el Reciclador de Oficio, conforme a la normativa vigente del Sistema General de Riesgos Laborales. Para efectos del pago, este se realizará a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), en las fechas previstas para personas jurídicas. La Organización de Recicladores de Oficio incluirá al Reciclador de Oficio en su Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
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