Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.1.1.19.3.3: OFERTA DE COMPRA DE MEJORAS

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.1.1.19.3.3. Oferta de compra de mejoras. La entidad pública remitirá al mejoratario oferta de compra motivada en la que se informa el valor de las mejoras, se realiza el ofrecimiento de compra y se brindan las instrucciones para la aceptación de la oferta. PARÁGRAFO . El mejoratario deberá informar si acepta o no la oferta de compra de mejoras dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la recepción de la oferta, con la indicación de la información necesaria para el pago. (Adicionado por el Art. 1 del Decreto 1785 de 2021)

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