Artículo 2.2.1.1.7.8: CONTENIDO LA RESOLUCIÓN
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.1.1.7.8. Contenido la Resolución. El aprovechamiento forestal o de productos de la flora silvestre se otorgará mediante resolución motivada, la cual contendrá como mínimo lo siguiente: a) Nombre e identificación del usuario; b) Ubicación geográfica del predio, determinando sus linderos mediante límites arcífinios o mediante azimutes y distancias; e) Extensión de la superficie a aprovechar; d) Especies a aprovechar, número de individuos, volúmenes, peso o cantidad y diámetros de cortas establecidos; e) Sistemas de aprovechamiento y manejo, derivados de los estudios presentados y aprobados; f) Obligaciones a las cuales queda sujeto el titular del aprovechamiento forestal; g) Medidas de mitigación, compensación y restauración de los impactos y efectos ambientales; h) Derechos y tasas; i) Vigencia del aprovechamiento; j) Informes semestrales. (Decreto 1791 de 1996, Art.30).
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