Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.1.2.15.4: OTORGAMIENTO

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.1.2.15.4. Otorgamiento. Si la entidad administradora encuentra viable el proyecto, conforme el programa de investigación y demás datos presentados, otorgará el permiso para iniciar la experimentación. Durante el período de experimentación el interesado elaborará el plan de actividades para el establecimiento y funcionamiento del zoocriadero, rendirá los informes que se le soliciten en relación con el desarrollo de la experimentación, y no podrá comercializar, disponer, distribuir ni devolver al medio natural los individuos, especímenes o productos objeto de la experimentación y sólo desarrollará con respecto a ellos las actividades previstas en el programa de investigación. (Decreto 1608 de 1978 Art. 145).

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