Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.1.2.15.5: INFORME Y PLAN DE ACTIVIDADES

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.1.2.15.5. Informe y Plan de actividades. Al término del período de experimentación rendirá el informe y el plan de actividades que deberá contener cuando menos los siguientes aspectos: 1. Generalidades: a. Especies que serán objeto de cría; b. Ubicación exacta y delimitación del área en donde se establecerá el zoocriadero indicando las condiciones que la hacen apta para el desarrollo de la actividad en relación con el clima, vegetación, suelos, aguas, fauna y demás características estudiadas en la etapa de experimentación de acuerdo con el tipo de zoocriadero. c. Número de especímenes y productos que compondrán la población parental necesaria para el establecimiento del zoocriadero y justificación de la cantidad. d. Solicitud del respectivo permiso de caza de fomento. e. Sistema de transporte de los especímenes o individuos que compondrán la población parental desde el medio natural hasta el zoocriadero, sistema de reproducción, alimentación, levante y medidas profilácticas. f. Estudio de factibilidad técnica, económica y financiera de la producción en zoocriadero de la especie o especies que se pretende criar. g. Proyecciones de producción a corto, mediano y largo plazo, teniendo en cuenta los objetivos del zoocriadero. 2. Información técnica sobre el establecimiento del zoocriadero: a. Planos y diseños de las instalaciones y equipos, incluyendo los adicionales. b. Dotación y forma de mantenimiento. c. Tiempo calculado para realizar las construcciones necesarias. d. Sistema de seguridad para evitar la fuga de los individuos que componen el zoocriadero o la incorporación a éste de animales procedentes del medio natural. 3. Manejo del zoocriadero en el período de producción: a. Sistemas de reproducción, levante, alimentación y medidas profilácticas. b. Sistemas para determinar el incremento sostenido de la población. c. Número de individuos producidos que serán destinados a la renovación de la población parental. d. Sistemas de selección, captura u obtención de individuos o productos, cuando se compruebe el incremento autosostenido del zoocriadero. e. Grado de preprocesamiento o procesamiento a que serán sometidos los productos del zoocriadero. f. Destino de la producción y sistemas de transporte que se emplearán. 4. Aspectos administrativos y presupuestarios: a. Personal técnico y administrativo responsable de las actividades. b. Mano de obra vinculada, labores que desarrolla y relaciones laborales. (Decreto 1608 de 1978 Art. 146).

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