Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.1.2.4.3: PERMISO, AUTORIZACIONES O LICENCIAS

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.1.2.4.3. Permiso, autorizaciones o licencias. Los permisos, autorizaciones o licencias para el aprovechamiento de ejemplares o productos de la fauna silvestre son personales e intransmisibles y no autorizan el ejercicio de actividades cuyo control corresponda a otras entidades o agencias del Estado, ni menos aún la extracción de elementos, productos o bienes cuya vigilancia y control corresponda a ellas. (Decreto 1608 de 1978 Art.32).

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