Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.1.5.1.13: PERMISO DE ESTUDIO CON ACCESO A RECURSOS GENÉTICOS

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.1.5.1.13. Permiso de estudio con acceso a recursos genéticos. Cuando además del permiso de estudio con fines de investigación a que se refiere el presente decreto, se requiera del acceso a recursos genéticos, productos derivados o componente intangible asociado al mismo, la autoridad ambiental competente otorgará el permiso de estudio y en el acto respectivo condicionará el acceso a la autorización del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y remitirá a este último los documentos e información sobre el particular. (Decreto 309 de 2000, art. 16).

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