Decreto 1076 de 2015
Artículo 2.2.12.9.2: Sin Título
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.12.9.2. Articulación de los Consejos Comunitarios con las autoridades ambientales distritales para el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales y del ambiente. Las autoridades creadas por los Concejos Distritales para el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales y del ambiente, en cumplimiento del artículo 124 de la ley 1617 del 2013, se articularán en el cumplimiento de sus funciones, con los Consejos Comunitarios, formas y expresiones organizativas de los territorios colectivos, ancestrales y/o tradicionales ubicados en su jurisdicción.
¿Tienes una emergencia o un caso real con esta norma?
Deja que nuestro Abogado IA evalúe tu riesgo legal y te dé un plan de acción ya mismo.