Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.12.9.1: PARTICIPACIÓN EN LOS ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL, SOCIOECONÓMICO Y CULTURAL

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTICULO 2.2.12.9.1. Participación en los estudios de impacto ambiental, socioeconómico y cultural. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 70 de 1993, las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, participaran en el diseño, elaboración y evaluación de los estudios de impacto ambiental, socioeconómico y cultural sobre proyectos, obras o actividades que se pretendan adelantar en sus territorios colectivos. Dentro de los doce (12) meses siguientes a la expedición del presente decreto, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, formulará u n protocolo que garantice la participación de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, en el diseño, elaboración y evaluación de los estudios de impacto ambiental, socioeconómico y cultural que se realice sobre proyectos que se pretendan ejecutar en sus territorios colectivos adjudicados, en trámite u ocupados ancestral y/o tradicional, el cual deberá agotar el mecanismo de la consulta previa con el espacio nacional de consulta previa. .

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