Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.2.1.12.2: CONSTRUCCIONES

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.2.1.12.2. Construcciones. Cuando los contratos de que trata el artículo precedente incluyan construcciones, los planos de éstas deben ser sometidos a la aprobación previa del Parques Nacionales Naturales de Colombia, a través de las dependencias técnicas correspondientes. (Decreto 622 de 1977, Art. 22) SECCIÓN 13.

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