Decreto 1076 de 2015
Artículo 2.2.2.1.3.8: ECOSISTEMAS ESTRATÉGICOS
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.2.1.3.8. Ecosistemas estratégicos. Las zonas de páramos, subpáramos, los nacimientos de agua y las zonas de recarga de acuíferos como áreas de especial importancia ecológica gozan de protección especial, por lo que las autoridades ambientales deberán adelantar las acciones tendientes a su conservación y manejo, las que podrán incluir su designación como áreas protegidas bajo alguna de las categorías de manejo previstas en el presente decreto. (Decreto 2372 de 2010, Art. 29)
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