Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.2.11.12: ZONAS DE RESERVA FORESTAL EN LAEÓLICA - LEY 2ª DE 1959

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.2.11.12. ZONAS DE RESERVA FORESTAL EN LAEÓLICA - LEY 2ª DE 1959.(Adicionado por el art. 1, Decreto 1186 de 2025) Siempre que no requieran nuevos accesos o apertura de vías y cumplan con los criterios del 2.2.2.11.2., los siguientes proyectos serán considerandos de bajo impacto ambiental y beneficio social: a) Los proyectos de Energía Eólica desde una capacidad instalada superior a cinco (5) megavatios (MW) hasta una capacidad instalada menor o igual a cien (100) megavatios (MW), siempre que se desarrollen en las zonas de reserva de Ley 2ª de 1959 clasificadas como Tipo C. b) Los proyectos de Energía Eólica de una capacidad instalada inferior o igual cinco megavatios (MW) que se desarrollen en las zonas de reserva de Ley 2ª de 1959, independientemente de su clasificación. Estos proyectos podrán desarrollarse sin necesidad de efectuar la sustracción de áreas de reserva forestal, conforme a lo previsto en el parágrafo 2 del artículo 204 de la Ley 1450 de 2011. Los proyectos LAEólica que se desarrollen en zonas de reserva de Ley 2a de 1959, además de cumplir con los criterios del 2.2.2.11.2. del presente capítulo, deberán cumplir con las medidas de manejo establecidas en el artículo 4 de la Resolución 1527 de 2012, con excepción del literal ‘f' de esta." TÍTULO 3 AGUAS NO MARÍTIMAS CAPÍTULO 1 INSTRUMENTOS PARA LA PLANIFICACIÓN, ORDENACIÓN Y MANEJO DE LAS CUENCAS HIDROGRÁFICAS Y ACUÍFEROS. SECCIÓN 1. DISPOSICIONES GENERALES

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