Artículo 2.2.2.5.4.3: PROGRAMA DE ADAPTACIÓN DE LA GUÍA AMBIENTAL - PAGA
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.2.5.4.3. Programa de Adaptación de la Guía Ambiental - PAGA. El interesado en la ejecución de las actividades de mejoramiento listadas en el presente decreto, deberá dar aplicación de las Guías Ambientales para cada subsector y elaborar un Programa de Adaptación de la Guía Ambiental - PAGA el cual contendrá como mínimo: 1. Introducción; 2. Descripción de la actividad incluyendo planos o mapas de localización y su respectiva geo- referenciación; 3. Justificación de que la actividad está incluida dentro de las previstas en el artículo primero del presente Decreto; 4. Área de Influencia y Línea Base Ambiental (Caracterización Abiótica, Biótica y Socioeconómica); 5. Identificación y evaluación de los Impactos Ambientales; 6. Programas de Manejo Ambiental; 7. Cronograma de Ejecución; 8. Permisos Ambientales requeridos; 9. Presupuesto; y 10. Plan de Contingencia. PARÁGRAFO. En caso de superposición entre proyectos de infraestructura con otros proyectos, la coexistencia técnica se dirimirá de acuerdo con el procedimiento establecido en los artículos 46 al 48 de la Ley 1682 de 2013. (Parágrafo, Adicionado por el Art. 3 del Decreto 510 de 2024) (Decreto 769 de 2014, art.3)
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