Decreto 1076 de 2015
Artículo 2.2.2.9.2.12: COBRO DEL SEGUIMIENTO
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.2.9.2.12. Cobro del Seguimiento. Con el objeto de realizar el seguimiento, control y verificación del cumplimiento de las obligaciones derivadas del permiso, la autoridad competente efectuará inspecciones periódicas a todos los usuarios. La autoridad ambiental competente aplicará el sistema y método de cálculo establecido internamente para tal fin. (Decreto 3016 de 2013, art. 12).
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