Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.3.1.13.1: DE LAS SANCIONES

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.3.1.13.1. De las Sanciones. El incumplimiento de lo dispuesto en el Plan de Ordenación y Manejo de la Cuenca Hidrográfica, en los Planes de Manejo Ambiental de las Microcuencas y en los Planes de Manejo Ambiental de Acuíferos, acarreará para los infractores, la imposición de las medidas preventivas y/o sancionatorias a que haya lugar de conformidad a lo establecido en el artículo 5 de la Ley 1333 de 2009 o la norma que lo modifique o sustituya. (Decreto 1640 de 2012, art. 67). CAPÍTULO 2. USO Y APROVECHAMIENTO DEL AGUA SECCIÓN 1. DISPOSICIONES GENERALES

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