Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.3.1.6.15: DE LA FASE DE EJECUCIÓN

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.3.1.6.15. De la fase de ejecución. Corresponde a la Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible competentes coordinar la ejecución del Plan de Ordenación y Manejo de la Cuenca Hidrográfica, en el escenario temporal para el cual fue formulado, sin perjuicio de las competencias establecidas en el ordenamiento jurídico para la inversión y realización de las obras y acciones establecidas en la fase de formulación del Plan. (Decreto 1640 de 2012, art. 38).

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