Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.3.1.9.1: DEL CONSEJO DE CUENCA

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.3.1.9.1. Del Consejo de Cuenca. Es la instancia consultiva y representativa de todos los actores que viven y desarrollan actividades dentro de la cuenca hidrográfica. PARÁGRAFO . La autoridad ambiental competente podrá apoyar los aspectos logísticos y financieros para el funcionamiento del Consejo de Cuenca. (Decreto 1640 de 2012, art. 48).

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