Decreto 1076 de 2015
Artículo 2.2.3.1.9.5: DE LA SECRETARÍA
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.3.1.9.5. De la secretaría. Deberá ser ejercida por quien delegue el Consejo de Cuenca y se rotará conforme a lo dispuesto en su reglamento interno. Las funciones serán definidas en el reglamento interno del Consejo de Cuenca. (Decreto 1640 de 2012, art. 52).
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