Decreto 1076 de 2015
Artículo 2.2.3.2.17.2: OTRAS FACULTADES DE LA AUTORIDAD AMBIENTAL
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.3.2.17.2. Otras facultades de la Autoridad ambiental. Por los mismos motivos, la Autoridad Ambiental competente podrá tomar, además de las medidas previstas por los artículos 2.2.3.2.13.15 a 2.2.3.2.13.17 de este Decreto, las siguientes: a. Ordenar a los concesionarios la construcción de las obras y trabajos que sean innecesarios para recargar y conservar el pozo, o, b. Construir las obras a que se refiere la letra anterior, en cuyo caso se podrá cobrar la tasa de valorización. (Decreto 1541 de 1978, art. 167).
¿Tienes una emergencia o un caso real con esta norma?
Deja que nuestro Abogado IA evalúe tu riesgo legal y te dé un plan de acción ya mismo.