Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.3.2.17.3: CONCEPTO DE SOBRANTES

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.3.2.17.3. Concepto de sobrantes. Para efectos de la aplicación del artículo 154 del Decreto - Ley 2811 de 1974, se entiende por "sobrantes" las aguas que, concedidas, no se utilicen en ejercicio del aprovechamiento. (Decreto 1541 de 1978, art. 168).

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