Decreto 1076 de 2015
Artículo 2.2.3.2.21.4: SISTEMA DE ALCANTARILLADO Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS LÍQUIDOS
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.3.2.21.4. Sistema de alcantarillado y tratamiento de residuos líquidos. En todo sistema de alcantarillado se deberán someter los residuos líquidos a un tratamiento que garantice la conservación de las características de la corriente receptora con relación la clasificación a que refiere el artículo 2.2.3.2.20.1 del presente Decreto. (Decreto 1541 de 1978, art. 223).
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