Decreto 1076 de 2015
Artículo 2.2.3.2.7.5: PRÓRROGA DE LAS CONCESIONES
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.3.2.7.5. Prórroga de las concesiones. Las concesiones podrán ser prorrogadas, salvo, por razones de conveniencia pública. (Decreto 1541 de 1978, art. 40).
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