Decreto 1076 de 2015
Artículo 2.2.3.3.1.2: ÁMBITO DE APLICACIÓN
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.3.3.1.2. Ámbito de aplicación. El presente decreto aplica a las autoridades ambientales competentes definidas en el presente decreto, a los generadores de vertimientos y a los prestadores del servicio público domiciliario de alcantarillado. (Decreto 3930 de 2010, art. 2).
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