Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.3.3.9.8: TRANSITORIO

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.3.3.9.8. TRANSITORIO. Criterios de calidad para fines recreativos mediante contacto secundario. Los criterios de calidad admisibles para la destinación del recurso para fines recreativos mediante contacto secundario, serán los siguientes: | Referencia | Expresado como | Valor | | --- | --- | --- | | Coliformes totales | | 5.000 microorganismos/100 ml. | | | 70% concentración de saturación | | | Unidades | 5.0 - 9.0 unidades | | Tensoactivos | Sustancias activas al azul de metileno | 0.5 | PARÁGRAFO . Además de los criterios del presente artículo, se tendrán en cuenta los establecidos en los parágrafos 1 y 2 del artículo anterior. (Decreto 1594 de 1984, art. 43).

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