Decreto 1076 de 2015
Artículo 2.2.3.3.9.9: TRANSITORIO
⚖️ Texto Legal Oficial
ARTÍCULO 2.2.3.3.9.9. TRANSITORIO. Criterios de calidad para uso estético. Los criterios de calidad admisibles para la destinación del recurso para uso estético son los siguientes: 1) Ausencia de material flotante y de espumas, provenientes de actividad humana. 2) Ausencia de grasas y aceites que formen película visible. 3) Ausencia de sustancias que produzcan olor. (Decreto 1594 de 1984, art. 44).
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