Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.3.4.1.12: REPORTE DE INFORMACIÓN

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.3.4.1.12. Reporte de Información. La autoridad ambiental competente, deberá reportar al Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales -Ideam, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles de cada mes, la información actualizada del Registro de Usuarios del Recurso Hídrico. (Decreto 303 de 2012, art. 5).

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