Decreto 1076 de 2015

Artículo 2.2.3.5.1.6: Sin Título

⚖️ Texto Legal Oficial


ARTÍCULO 2.2.3.5.1.6. Funciones del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible - El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en el marco de sus competencias y como ente rector del SINA le corresponde: a) Definir las prioridades de información del SIRH; b) Aprobar los procedimientos para el desarrollo y operación del SIRH que incluirán, al menos, las variables, metodologías, protocolos, indicadores y responsables, los cuales serán desarrollados y propuestos por el Ideam o el Invernar, según el caso; c) Definir las demás orientaciones e instrumentos que sean necesarios para la adecuada implementación del SIRH. (Decreto 1323 de 2007, art. 6).

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